Articulo 1° Apruebase el Acuerdo numero 162 de 1981 de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, cuyo texto es el siguiente: «ACUERDO NUMERO 162 DE 1981 (marzo 3) por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo numero 121 de 1980 sobre la Planta de Personal de la Seccional de Antioquia. La Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, en ejercicio de las facultades que le confiere el literal n) del artículo 55 del Decreto-ley 1650 de 1977 y de conformidad con los Decretos-leyes 1651, 1652 y 1700 de 1977 y 1313 de 1978, Acuerda: Articulo 1° Modificar parcialmente el artículo 3 del Acuerdo número 124 de 1980, por el cual se modifica la Planta de Personal de la Seccional de Antioquia para la Unidad Programática Institucional 01 León XIII de la ciudad de Medellín, en el sentido de suprimir en el ordinal b) en la parte correspondiente al Servicio de Especialidades Quirúrgicas: cinco (5) cargos de Médico Especialista (ortopedia y traumatología), dedicación parcial, siete (7) horas, Clase IV, Grado 40. Articulo 2° Crear en la Manta de Personas de la Seccional de Antioquia, para la Unidad Programática. Institucional León XIII de la ciudad de Medellín en la parte correspondiente a los Servicios de Especialidades Quirúrgicas, nueve (9) cargos de Médico Especialista (ortopedia y traumatología), dedicación parcial, cuatro (4) horas, Clase IV, Grado 40. Articulo 3° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación. Comuníquese y cúmplase.
Artículo 1
Apruebase El Acuerdo Numero 162 De 1981 De La Junta Administradora Del Instituto De Seguros Sociales, Cuyo Texto Es El Siguiente: «acuerdo Numero 162 De 1981 (Marzo 3) Por El Cual Se Modifica Parcialmente El Acuerdo Numero 121 De 1980 Sobre La Planta De Personal De La Seccional De Antioquia
Decreto 2124 de 1981 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 162 de 1981 de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales que modifica parcialmente el Acuerdo número 124 de 1980 sobre la Planta de Personal de la Seccional de Antioquia.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.