Micelio

Artículo 36

Transitorio

Decreto 1210 de 1993 · por el cual se reestructura el régimen orgánico especial de la Universidad Nacional de Colombia.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 36. Transitorio. En el término de seis meses contados a partir del presente Decreto, un comisión integrada por el Gerente del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, el Director General del Instituto Geográfico Agustín Codazzi y el Rector de la Universidad, o sus delegados, propondrán al Gobierno Nacional los procedimientos para definir la cesión referida en el artículo 9° literal c).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1210 de 1993