°. La franquicia de la Comisión Organizadora de la IX Conferencia Panamericana y de su Presidente, regirá hasta quince días después de la clausura de ésta. Comuníquese y publíquese.
Decreto 659 de 1946 →Vigente
Artículo 4
La Franquicia De La Comisión Organizadora De La Ix Conferencia Panamericana Y De Su Presidente, Regirá Hasta Quince Días Después De La Clausura De Ésta
Decreto 659 de 1946 · Por el cual se conceden unas franquicias postales y telegráficas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.