Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
CAPITULO 47
Instrucción normalista.
Servicios y auxilios varios.
Del artículo 290 Para auxiliar los restaurantes escolares que funcionan en las escuelas públicas primarias de toda la República, las construcciones escolares que emprendan los Municipios y las de las Escuelas Normales que se mencionan en este presupuesto
Coloniasescolares.
Del artículo 292. Para dotación y sostenimiento de la colonia escolar de Bogotá
Gastos varios.
Del artículo 324. Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio y para pago de medios sueldos por enfermedad comprobada
Al artículo 231. para material y enseñanza y otros gastos de esta escuela en el año
Al artículo 293. Para construcción, dotación y sostenimiento de colonias escolares en los lugares que señala el Gobierno
Al artículo 298. Para sostenimiento de becas en el Exterior, en todos los ramos de la enseñanza científica, artística e industrial, y pago de viáticos correspondientes
Al artículo 316. Para propaganda cultural, biblioteca y otros gastos