Micelio

Artículo 3

Ley 17 de 1944 · Por la cual se nacionalizan unas vías de penetración en el Departamento de Nariño y en la Comisaría del Putumayo y se ordena su construcción y conservación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La construcción de las vías de penetración de que trata la presente ley se llevara a cabo en el mismo orden en que aparecen enumeradas en el artículo 1°, destinadose cada año la cantidad de cien mil pesos hasta la terminación de todas ellas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 17 de 1944