º. Funciones de la Oficina de Asuntos de Cooperación Internacional. Son funciones de la Oficina de Asuntos de Cooperación Internacional las siguientes
Apoyar y asesorar al Ministro en la definición de la política general para la ejecución de los programas de cooperación internacional para el desarrollo y de los programas de asistencia legal internacional.
Servir de enlace entre los organismos y países que suministran cooperación internacional, y las dependencias del Ministerio encargadas de ejecutar los proyectos.
Apoyar y asistir al Ministro, a las Direcciones y Oficinas en lo correspondiente a la dimensión internacional de los asuntos a cargo del Ministerio.
Apoyar a las dependencias del Ministerio en la preparación de la participación del Ministro en los foros y convenios internacionales relacionados con las funciones propias del Ministerio.
Coordinar con la Dirección de Ordenamiento Jurídico el seguimiento a los proyectos de ley que aprueben tratados internacionales relacionados con los asuntos de cooperación internacional, en las materias de su competencia.
Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.