Cada matrícula se hará en un esqueleto, que quedará en poder del Vicerrector, y éste lo devolverá al alumno después de los exámenes anuales con las notas de calificación y demás anotaciones que se estimen convenientes; todo autorizado con la firma del Rector.
Decreto 804 de 1911 →Vigente
Artículo 62
Cada Matrícula Se Hará En Un Esqueleto, Que Quedará En Poder Del Vicerrector, Y Éste Lo Devolverá Al Alumno Después De Los Exámenes Anuales Con Las Notas De Calificación Y Demás Anotaciones Que Se Estimen Convenientes; Todo Autorizado Con La Firma Del Rector
Decreto 804 de 1911 · Sobre Estatutos de la Escuela Nacional de Minas de Medellín
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.