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Artículo 3

Dirección General

Decreto 158 de 2022 · por el cual se establece la estructura del Archivo General de la Nación y se determinan las funciones de las diferentes dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Dirección General . Son funciones de la Dirección General, las siguientes

1.

Dirigir el diseño y actualización de la Política Nacional de Archivos y de Gestión Documental, para el acceso a la información pública, la transparencia, la conser­vación, preservación, recuperación y difusión del patrimonio documental.

2.

Promover procesos de investigación, a partir de la información contenida en los distintos archivos custodiados por el Archivo General de la Nación.

3.

Dirigir e impulsar la gestión de los archivos públicos, a través del desarrollo y aplicación de nuevas tecnologías para su adecuado funcionamiento.

4.

Dirigir y promover las políticas de fortalecimiento de la cultura archivística.

5.

Imponer sanciones a las entidades públicas y privadas que cumplen funciones públicas por incumplimiento de la Ley 594 de 2000 y/o sus normas reglamenta­rias vigentes.

6.

Dirigir, coordinar y controlar la recuperación, preservación y custodia del acervo documental propio y el de la Nación.

7.

Orientar el Sistema Nacional de Archivos y la Red Nacional de Archivos.

8.

Impulsar la difusión del patrimonio documental de la Nación.

9.

Promover estrategias para la venta y ejecución de servicios archivísticos.

10.

Ejercer la representación legal de la Entidad, así como el cumplimiento de las disposiciones legales otorgadas por el Consejo Directivo de la Entidad, de acuer­do con lo dispuesto por la ley.

11.

Someter a consideración del Consejo Directivo los asuntos de su competencia.

12.

Dirigir la ejecución de las funciones y/o programas del Archivo General de la Nación.

13.

Establecer lineamientos sobre la administración, custodia, conservación y pre­servación de los archivos de las entidades liquidadas y/o encomendados al Ar­chivo General de la Nación, según la legislación y normativa vigente.

14.

Expedir los actos administrativos y celebrar los contratos necesarios para la ges­tión administrativa, los convenios de cooperación financiera o técnica nacional e internacional, estableciendo relaciones y acuerdos de cooperación con institucio­nes educativas, culturales, de investigación y con archivos extranjeros.

15.

Promover y gestionar las relaciones y convenios interinstitucionales, las alianzas estratégicas para el fortalecimiento de las funciones archivísticas en general y de cooperación nacional o internacional, académicas, en materias técnicas o finan­cieras.

16.

Presentar los informes de gestión a las instancias nacionales y sectoriales que lo requieran.

17.

Promover un ambiente de control al interior de la entidad conforme a los linea­mientos y normativa del Sistema de Control Interno.

18.

Crear y asignar funciones a los grupos internos de trabajo necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Archivo General de la Nación.

19.

Establecer lineamientos para la implementación del Modelo Integrado de Pla­neación y Gestión (MIPG), de la Ley 87 de 1993, del Sistema Integrado de Ges­tión, sus normas reglamentarias y demás disposiciones que las modifiquen y adi­cionen.

20.

Orientar estratégicamente la formulación, diseño y determinación de las políti­cas, planes, programas y proyectos, promoviendo la gestión orientada por resul­tados.

21.

Establecer lineamientos sobre la inspección, vigilancia y control a cargo de la entidad para la prevención y sanción al incumplimiento de Ley General de Ar­chivos.

22.

Dirigir y desarrollar los procesos de comunicación institucional interna y externa de la entidad.

23.

Dirigir los canales de comunicación e imagen institucional para la difusión de información de interés ante los grupos de valor de la entidad.

24.

Las demás que le asigne la ley o que correspondan a la naturaleza de la depen­dencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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