Funciones del Despacho del Superintendente Delegado para Prestadores de Servicios de Salud . Son funciones del Despacho del Superintendente Delegado para prestadores de servicios de salud, las siguientes
Ejercer inspección, vigilancia y control a los prestadores de servicios de salud, sobre la gestión de los riesgos inherentes al Sistema y el cumplimiento de las normas que lo regulan.
Proponer a la Dirección de Innovación y Desarrollo e implementar, instruccio¬nes, políticas, lineamientos, metodologías, medidas e instrumentos que se re¬quieran implementar con el fin de ejercer supervisión a los prestadores de servi¬cios de salud.
Participar en el análisis y gestión de riesgos generales, incluyendo el riesgo sis¬témico, del Sistema General de Seguridad Social en Salud, en lo relacionado con los sujetos vigilados por la Superintendencia Delegada, en coordinación con la Dirección de Innovación y Desarrollo.
Ordenar a los representantes legales de las Instituciones Prestadores de Servicios de Salud, los correctivos tendientes a la superación de situaciones irregulares de índole jurídico, financiero, económico, técnico-científico o administrativo, que en estas se presenten.
Recomendar al Superintendente Nacional de Salud autorizar o negar, de manera previa, las operaciones de las instituciones prestadoras de servicios de salud re¬lacionadas con la disminución de capital.
Realizar las actividades de inspección, vigilancia y control a la prestación de los servicios de salud individual y colectiva, en cumplimiento del Sistema Obligato¬rio de Garantía de la Calidad, monitoreo y mejoramiento continuo, en las fases de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de conformidad con el modelo de supervisión de la Superintendencia.
Ejercer inspección, vigilancia y control sobre la gestión administrativa y asisten¬cial de los prestadores de servicios de salud acorde con las disposiciones vigen¬tes.
Ejercer inspección, vigilancia y control a los prestadores de servicios de salud sobre la información de carácter financiero que refleje su situación y sus resul¬tados de operación, y al cumplimiento de sus obligaciones frente a la eficiencia, eficacia y efectividad en el flujo de recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Realizar las actividades de inspección, vigilancia y control sobre las prácticas no autorizadas y proponer al Superintendente Nacional de Salud la expedición de actos administrativos que ordenen su corrección y suspensión inmediata, apli¬cando las metodologías e instrumentos institucionales.
Ejercer inspección, vigilancia y control para que los prestadores de servicios de salud adopten y apliquen un código de conducta y de buen gobierno de confor¬midad con lo previsto en la normativa vigente.
Recomendar al Superintendente Nacional de Salud las medidas a que haya lugar, cuando los programas publicitarios de los sujetos vigilados no se ajusten a las normas vigentes, a la realidad jurídica, económica y social del servicio promovi¬do y a los derechos de información debida y dar traslado a la Superintendencia Delegada para Investigaciones Administrativas para lo de su competencia.
Ejercer inspección, vigilancia y control frente a la protección de los derechos de los usuarios en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, por parte de los prestadores de servicios de salud.
Ejercer inspección, vigilancia y control para que los sujetos vigilados cuenten con sistemas de información y suministren la información con calidad, cobertu¬ra, pertinencia, oportunidad, fluidez y transparencia.
Ordenar la realización de auditorías, visitas, requerir información y utilizar los demás medios de prueba, para el cumplimiento de sus funciones de inspección, vigilancia y control.
Organizar en coordinación con la Superintendencia Delegada para Entidades Territoriales y Generadores, Recaudadores y Administradores de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, las actividades de inspección y vigilancia que requieran apoyo desde el territorio, a fin de ejercer supervisión a los prestadores de servicios de salud, siguiendo las políticas y procedimientos institucionales.
Apoyar la operación de la estrategia de la Red de Controladores del Sistema Ge¬neral de Seguridad Social en Salud, conforme a los lineamientos institucionales.
Diseñar y proponer al Superintendente Nacional de Salud, políticas, lineamien¬tos, estrategias e instrucciones orientadas a promover el autocontrol de los suje¬tos vigilados y a prevenir la imposición de medidas especiales.
Recomendar al Superintendente Nacional de Salud, la adopción, prórroga, mo¬dificación o levantamiento, de las medidas especiales sobre los prestadores de servicios de salud.
Realizar, por orden o por comisión del Superintendente Nacional de Salud, la toma de posesión y la intervención forzosa para administrar a los prestadores de servicios de salud, en los términos que señalen la ley y los reglamentos.
Conceptuar al Superintendente Nacional de Salud los honorarios que percibirán los interventores, promotores y contralores de los prestadores de servicios de salud, sujetos a medidas especiales, de conformidad con lo establecido en las disposiciones normativas que regulan la materia.
Conceptuar al Superintendente Nacional de Salud, sobre el cumplimiento de requisitos de los interventores, promotores y contralores de los prestadores de servicios de salud.
Emitir concepto sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley para la aceptación de promoción de acuerdos de reestructuración.
Trasladar, a la Superintendencia Delegada para Investigaciones Administrativas o a las instancias competentes, las presuntas irregularidades o asuntos que pue¬dan conllevar infracción de las normas del Sistema General de Seguridad Social en Salud, de acuerdo con el análisis técnico realizado.
Resolver los recursos de reposición y las solicitudes de revocación directa in¬terpuestas contra los actos administrativos que expida la Superintendencia De¬legada en desarrollo de sus funciones y remitir al Despacho del Superintendente Nacional de Salud el recurso de apelación cuando a ello haya lugar.
Realizar actividades de inspección, vigilancia y control a los prestadores de ser¬vicios de salud frente a los resultados de los indicadores en salud y financieros, así como a las estrategias de mejoramiento que impacten favorablemente la salud de los usuarios y contribuyan a la gestión institucional.
Realizar actividades de inspección, vigilancia y control sobre el cumplimiento a la prestación de servicios de salud de las poblaciones y grupos especiales.
Realizar actividades de inspección vigilancia y control frente a las obligaciones de los prestadores de servicios de salud en el marco de las Rutas Integrales de Atención de conformidad con la política, regulación y directrices impartidas por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.