Artículo único. Convocase a una reunión extraordinaria del Consejo Social Agrario, creado por el artículo 9° de la Ley 135 de 1961, que se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá entre el 1° y el 6 de abril del año en curso, para ocuparse especialmente del examen de las actividades que hasta el presente ha desarrollado el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, formular las observaciones que estime conveniente, y hacer recomendaciones acerca de la orientación de la Reforma Agraria. Comuníquese y publíquese.
Decreto 405 de 1963 →Vigente
Artículo 9
De La Ley 135 De 1961, Que Se Llevará A Cabo En La Ciudad De Bogotá Entre El 1° Y El 6 De Abril Del Año En Curso, Para Ocuparse Especialmente Del Examen De Las Actividades Que Hasta El Presente Ha Desarrollado El Instituto Colombiano De La Reforma Agraria, Formular Las Observaciones Que Estime Conveniente, Y Hacer Recomendaciones Acerca De La Orientación De La Reforma Agraria
Decreto 405 de 1963 · Poe el cual se convoca a una reunón extraordinaria del Consejo Social Agrario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.