La Oficina iniciará actividades con las siguientes dependencias administrativas y científicas, aparte del Administrador y de la Secretaría: Departamento Médico, Departamento de Administración de Riesgos; y Departamento Administrativo. Las secciones que sean necesarias se crearán de conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior. CAPITULO IV Controversias, Sanciones y Procedimientos.
Decreto 1160 de 1961 →Vigente
Artículo 22
La Oficina Iniciará Actividades Con Las Siguientes Dependencias Administrativas Y Científicas, Aparte Del Administrador Y De La Secretaría: Departamento Médico, Departamento De Administración De Riesgos; Y Departamento Administrativo
Decreto 1160 de 1961 · Por el cual se aprueba el Acuerdo Consejo Directivo del Instituto Colombiano Seguros Sociales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.