°. Transferencia de los excedentes de las contribuciones dentro de la misma zona territorial. Una vez cubiertos los requerimientos trimestrales de subsidios de la propia empresa dentro de una misma zona territorial, transferirá los excedentes a las otras empresas que operen dentro de la misma y que los requieran, de conformidad con el artículo 4° del presente decreto. El Ministerio de Comunicaciones definirá los criterios prioritarios de distribución.
Decreto 2375 de 1996 →Vigente
Artículo 5
°
Decreto 2375 de 1996 · por el cual se expide la reglamentación inicial en lo pertinente a las contribuciones y transferencias de telefonía básica conmutada.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.