- LIMITACIONES EN LA PUBLICIDAD Ninguna persona o sociedad, excepto el Banco de la República y aquellas debidamente autorizadas por el Superintendente Bancario, podrá hacer uso de ningún aviso de oficina en el lugar donde haga sus negocios, que contenga un nombre artificial u otras palabras que indiquen que aquel lugar u oficina corresponde a un banco, corporación financiera, corporación de ahorro y vivienda, compañía de financiamiento comercial, sociedad de servicios financieros o sociedad de capitalización, ni podrá persona alguna usar o circular membretes, encabezamiento de facturas, esqueletos en blanco, documentos, recibos, certificados, circulares o cualquier papel escrito o impreso en todo o en parte, que contengan un nombre artificial o de entidad, u otra palabra o palabras que indiquen que tales negocios son los de una de las entidades mencionadas.
Artículo 109
- Limitaciones En La Publicidad Ninguna Persona O Sociedad, Excepto El Banco De La República Y Aquellas Debidamente Autorizadas Por El Superintendente Bancario, Podrá Hacer Uso De Ningún Aviso De Oficina En El Lugar Donde Haga Sus Negocios, Que Contenga Un Nombre Artificial U Otras Palabras Que Indiquen Que Aquel Lugar U Oficina Corresponde A Un Banco, Corporación Financiera, Corporación De Ahorro Y Vivienda, Compañía De Financiamiento Comercial, Sociedad De Servicios Financieros O Sociedad De Capitalización, Ni Podrá Persona Alguna Usar O Circular Membretes, Encabezamiento De Facturas, Esqueletos En Blanco, Documentos, Recibos, Certificados, Circulares O Cualquier Papel Escrito O Impreso En Todo O En Parte, Que Contengan Un Nombre Artificial O De Entidad, U Otra Palabra O Palabras Que Indiquen Que Tales Negocios Son Los De Una De Las Entidades Mencionadas
Decreto 663 de 1993 · por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se modifica su titulación y numeración
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.