Micelio

Artículo 6

Decreto 90 De 1957

Decreto 2631 de 1956 · Sobre creación del Consejo Técnico Nacional de Agricultura

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sexto. La Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero procederá a modificar sus estatutos en forma que la Junta Directiva quede constituida por cinco (5) miembros, así: El Ministro de Agricultura, quien la presidirá; dos delegados designados directamente por el Presidente de la República, y dos delegados designados también por el Presidente de la República, dentro de sendas listas de cinco personas indicadas por la Federación Nacional de Cafeteros y por la Sociedad de Agricultores de Colombia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2631 de 1956