Micelio

Artículo 3

De Acuerdo Con Lo Dispuesto En Los Artículos 8° (Numeral 6°), 12 Y 13 Del Decreto 347 Ya Citado, El Habilitado, El Médico Y El Capellán De La Colonia, Lo Serán También De La Sección De Que Trata

Decreto 945 de 1919 · Por el cual se crea en la Policía Nacional una Sección para la Colonia del Meta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8° (numeral 6°), 12 y 13 del Decreto 347 ya citado, el Habilitado, el Médico y el Capellán de la Colonia, lo serán también de la Sección de que trata.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 945 de 1919