Micelio

Artículo 6

El Capital Autorizado De La Caja Es La Cantidad De Doscientos Millones De Pesos, Dividido En Veinte Millones De Acciones, De Valor Nominal De Diez Pesos Cada Una

Decreto 1697 de 1955 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 6º. El capital autorizado de la Caja es la cantidad de doscientos millones de pesos, dividido en veinte millones de acciones, de valor nominal de diez pesos cada una.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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