Concédese a la Junta Municipal del Socorro, encargada por el Consejo de esa ciudad de organizar la celebración del centenario, franquicia postal y telegráfica para efectuar la exposición agrícola e industrial que ha proyectado. En consecuencia, los artículos que se envíen a aquella ciudad por los correos nacionales para la exposición, no pagarán porte de ida ni de regreso.
El Gobierno reglamentará el uso de esta franquicia de acuerdo con la Junta aludida, y le prestará a ésta todo el apoyo necesario para el desarrollo de sus programas de festejos patrióticos.