Micelio

Artículo 3

Decreto 415 de 1887 · Por el cual se traslada a Santo Domingo (Departamento de Antioquia el almacén de sales de Puerto Berrio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art 3°. Este Administrador queda encargado de recibir la sal de Barranquilla y remitirla al Almacenista, pudiendo vender en su administración la que se necesite expender allí. Los productos de estas ventas los enviará el Administrador al Almacenista y ante este rendirá las cuentas respectivas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 415 de 1887