Artículo primero. Apruébase el Acuerdo número 04 de mayo 3 de 1978, emanado del Consejo Directivo de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, 'CORELCA, y cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 04 DE 1978 (mayo 3) Mediante el cual se modifica el Acuerdo número :02 de 1978, que adicionó la Planta de Personal de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, CORELCA, determinada en el artículo 1° del Acuerdo número 04 de 1977. El Consejo Directivo de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, CORELCA, en uso de sus' atribuciones legales y estatutarias, y considerando: Que corresponde a CORELCA la operación y sostenimiento de la Central Eléctrica ele Termoballenas, situada en- el Corregimiento de El Pájaro (Departamento de -la Guajira), la cual tendrá una capacidad de 30 MW que están destinadas a atender la demanda de energía del área de la Guajira y de la Costa Atlántica a través del Sistema Interconectado de CORELCA; Que es necesario adicionar a la Planta de Personal de la Corporación las dependencias y los-cargos responsables por la operación y mantenimiento de la central anterior; acuerda:
Decreto 1204 de 1978 →Vigente
Artículo 1
Del Acuerdo Número 04 De 1977
Decreto 1204 de 1978 · Por el cual se modifica la Planta de Personal de la Corporación Elétrica de la Costa Atlántica, CORELCA
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.