Esta ley regirá desde la fecha de su sanción.
Ley 113 de 1959 →Vigente
Artículo 3
Ley 113 de 1959 · Por la cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos pala la vigencia fiscal de 1959 (Ministerio de Justicia), y se prorroga la vigencia de la Ley 37 de 1924
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.