Micelio

Artículo 2

º

Decreto 1258 de 1994 · por el cual se reglamenta la ampliación y la reducción de las áreas declaradas como zonas francas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . La ampliación de las áreas geográficas declaradas como zonas francas, se sujetará a la ocurrencia de una cualquiera de las siguientes circunstancias, la cual deberá ser demostrada por el usuario-operador solicitante

1.

Cuando sobrevenga un acto o hecho que constituya caso fortuito o fuerza mayor que modifique las condiciones presentadas inicialmente con base en las cuales realizó la declaratoria de la zona franca, o

2.

Cuando la autorización de ampliación se traduzca en un incremento de los niveles de eficiencia del proyecto expresados en términos de generación de empleo y exportaciones por metro cuadrado. En este caso el usuario-operador debe demostrar, al momento de la solicitud, el cumplimiento de las obras descritas en el Plan de Desarrollo con base en el cual se autorizó la zona franca, ajustado al cronograma respectivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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