Micelio

Artículo 2

Autuóntase En Diez Pesos ($ 10) Cada Uno De Los Sueldos Del Oficial, Del Tenedor De Libros Y Del Oficial De Encomiendas De La Administración De Correos De Bucaramanga, Respectivamente

Decreto 367 de 1894 · Por el cual se suprime un empleo y se aumenta el sueldo de dos empleados en el ramo de correos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Autuóntase en diez pesos ($ 10) cada uno de los sueldos del Oficial, del Tenedor de libros y del Oficial de encomiendas de la Administración de Correos de Bucaramanga, respectivamente. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 367 de 1894