Micelio

Artículo 5

Decreto 2679 de 2008 · por el cual se establece la Estructura del Banco Agrario de Colombia S. A., y se determinan la funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Son funciones de la Gerencia de Comunicaciones , las siguientes

a)

Asesorar a la Presidencia en el diseño, aplicación y evaluación de estrategias de comunicación comercial, campañas publicitarias, procesos de comunicación interna y todo lo relacionado con la imagen institucional y corporativa de la Entidad, a través de la adecuada utilización de los medios de comunicación;

b)

Coordinar con las diferentes dependencias del Banco, la solución de las necesidades publicitarias de los productos y servicios bancarios ofrecidos en la Entidad y velar porque las campañas publicitarias y su ejecución se ajusten a las autorizaciones legales y presupuestales de la Entidad;

c)

Dirigir y supervisar las publicaciones institucionales y coordinar la producción de audiovisuales y medios impresos que requieran las diferentes dependencias del Banco;

d)

Responder por la dirección, coordinación y trámite de los contratos que se deban celebrar en el desarrollo de las actividades publicitarias y de divulgación, acorde con las disposiciones legales en materia de contratación aplicables a los mismos;

e)

Dirigir y controlar el material periodístico para las diferentes publicaciones que deba realizar la Entidad a nivel Nacional y controlar los proyectos de campañas publicitarias que se deban enviar para aprobación del Ministerio de Comunicaciones;

f)

Responder por el cumplimiento de las disposiciones del Ministerio de Comunicaciones y demás organismos oficiales en todo lo relacionado con la aprobación de textos en campañas publicitarias;

g)

Responder por la dirección y coordinación de la convocatoria a ruedas de prensa que soliciten las directivas de la Entidad y por el cubrimiento periodístico de los eventos especiales;

h)

Responder por la utilización racional y efectiva del presupuesto asignado a la Dependencia;

i)

Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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