Micelio

Artículo 23

Decreto 814 de 1994 · Por el cual se aprueba el programa de venta de las acciones que posee la Nación en el Banco Popular

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquesey cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 21 de abril de 1994. CESAR GAVIRIA TRUJILLO Ministro de Gobierno; Fabio Villegas Ramirez, Viceministra de Relaciones Exteriores, encargada de las funciones del despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores; Wilma Zafra Turbay Ministro de Justicia y del Derecho; Andrés González Díaz, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Rudolf Hommes Rodríguez, Ministro de Defensa Nacional; Rafael Pardo Rueda, Ministro de Agricultura; José Antonio Ocampo Gaviria, Ministro de Trabajo y Seguridad Social; José Elías Melo Acosta, Ministro de Salud; Juan Luis Londoño de la Cuesta, Ministro de Desarrollo Económico; Mauricio Cárdenas Santamaría, Viceministro de Minas y Energía,encargado de las funciones del despacho del Ministro de Minas y Energía; Augusto García Rodríguez, Viceministro de Educación Nacional, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Educación Nacional; Antonio Lizarazo Ocampo, Ministro del Medio Ambiente; Manuel Cipriano Rodríguez Becerra, Ministro de Comunicaciones; William, Jaramillo Gómez Ministro de Transporte; Jorge Bendeck Olivella, Ministro de Comercio Exterior. Juan Manuel Santos Calderón,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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