Micelio

Artículo 3

Ley 40 de 1915 · Por la cual se ceden unas zonas de terreno al Municipio de Bogotá y se autoriza al Gobierno Nacional para la apertura de un parque en la misma ciudad

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Parágrafo

La obra de que trata este Artículo se hará cuando el Asilo de Alienados sea trasladado al nuevo edificio que para tal objeto construye actualmente la Beneficencia. Artículo 4.° Para los efectos a que haya lugar, se declararan estas obras de utilidad pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 40 de 1915