Legitimidad para impugnar . Cualquier afiliado de las sociedades de gestión colectiva de derecho de autor o de derechos conexos, podrá impugnar ante la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor los actos descritos en el artículo anterior.
Decreto 3942 de 2010 →Vigente
Artículo 40
Legitimidad Para Impugnar
Decreto 3942 de 2010 · por el cual se reglamentan las Leyes 23 de 1982, 44 de 1993 y el artículo 2°, literal c) de la Ley 232 de 1995, en relación con las sociedades de gestión colectiva de derecho de autor o de derechos conexos y la entidad recaudadora y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.