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Artículo 3

Adiciónese Un Artículo A La Sección 2 Del Capítulo 2 Del Título 1 De La Parte 2 Del Libro 2 Del Decreto 1068 De 2015, El Cual Quedara Así: "artículo 2

Decreto 473 de 2020 · Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con operaciones de crédito público cuya celebración no comprenda la financiación de gastos de inversión.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adiciónese un artículo a la Sección 2 del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, el cual quedara así: "Artículo 2.2.1.2.2.3. Líneas de Crédito a Entidades Estatales diferentes a la Nación. Las entidades descentralizadas del orden nacional y las entidades territoriales y sus descentralizadas podrán celebrar líneas de crédito a través de acuerdos, convenios o contratos con entidades financieras nacionales e internacionales, organismos bilaterales y multilaterales y, entidades estatales que pertenezcan al mismo grupo económico, cuyo fin sea obtener recursos para aliviar la presión originada en la reducción en los ingresos ordinarios derivada de una emergencia económica, social y ecológica declarada por el Presidente de la República. Los acuerdos, convenios o contratos de líneas de crédito, solo requerirán para su celebración, autorización impartida mediante Resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público con base en la minuta definitiva de los mismos. Dicha autorización podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto de no objeción a la operación emitido por el Director General de Crédito Publico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Parágrafo

Para la contratación de líneas de crédito de carácter interno, las entidades territoriales y sus descentralizadas continuarán rigiéndose por lo señalado en los Decretos Ley 1222 y 1333 de 1986 y sus normas complementarias, según el caso”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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