Micelio

Artículo 34

Identificación De Los Planes Elegibles Al Subsidio

Decreto 1133 de 2000 · por medio del cual se reglamenta parcialmente las Leyes 49 de 1990, 3ª de 1991 y 546 de 1999.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Identificación de los planes elegibles al subsidio. Podrán ser proyectos elegibles al subsidio familiar de vivienda de interés social rural los de mejoramiento y saneamiento básico, la construcción de vivienda en sitio propio y la construcción de vivienda nueva. Los proyectos deben ser presentados por Organizaciones Populares de Vivienda, Organizaciones No Gubernamentales, entidades solidarias, entidades privadas, Fondos de Vivienda o entidades territoriales, u otras entidades con personería jurídica vigente que tengan incluida en su objeto social la promoción y el desarrollo de programas de vivienda de interés social para sus asociados, afiliados o vinculados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1133 de 2000