ACTUACIONES Y DOCUMENTOS SIN CUANTÍA GRAVADOS CON EL IMPUESTO. Igualmente se encuentran gravadas:
Las cartas de naturalización, treinta mil pesos ($ 30.000).
Los pasaportes ordinarios que se expidan en el país, seiscientos pesos ($ 600); las revalidaciones, ciento cincuenta pesos ($ 150).
Los documentos de viaje que se expidan a favor de extranjeros residentes en Colombia, nacionales de países que no tengan representación diplomática o consular en el país, a los apátridas, a los refugiados, y a aquellos otros extranjeros que por cualesquiera otros motivos, a juicio del Gobierno, estén imposibilitados para obtener el respectivo pasaporte de su país de origen, trescientos pesos ($ 300); las revalidaciones sesenta pesos ($ 60) por cada año.
Los certificados de paz y salvo que expidan las entidades de Derecho Público por impuestos o contribuciones, treinta pesos ($30) cada uno; si el certificado se expide conjuntamente para varias personas, treinta pesos ($ 30) por cada una de ellas.
Las traducciones oficiales, noventa pesos ($ 90) por cada hoja.
Los permisos de explotación de metales preciosos, de aluvión, un mil quinientos pesos ($ 1.500).
Las concesiones de yacimiento, así:
Las petrolíferas, treinta mil pesos ($ 30.000);
Las de minerales radioactivos, seis mil pesos ($ 6.000);
Otras concesiones mineras, tres mil pesos ($ 3.000).
La prórroga de cualquiera de estas concesiones, el cincuenta por ciento (50%) del valor inicial pagado.
Las concesiones de explotación de bosques naturales en terrenos baldíos, nueve pesos ($ 9) por hectárea; la prórroga de estas concesiones, el cincuenta por ciento (50%) del valor inicialmente pagado.
El aporte de una zona esmeraldífera, a solicitud de algún interesado particular a la Empresa Colombiana de Minas, tres mil pesos ($ 3.000).
Las patentes de embarcaciones fluviales o marítimas, nueve pesos ($ 9) por tonelada de capacidad transportadora.
Las matrículas de naves aéreas, ciento veinte pesos ($ 120) por cada mil kilogramos de peso bruto máximo de operación al nivel del mar.
Las licencias para portar armas de fuego, seiscientos pesos ($ 600); las renovaciones, trescientos pesos ($ 300).
Las licencias para comerciar en municiones y explosivos, cuatro mil quinientos pesos ($ 4.500); las renovaciones, un mil quinientos pesos ($ 1.500)
El registro de productos, cuando éstos requieran dicha formalidad para su venta al público, dos mil doscientos cincuenta pesos ($ 2.250)
Cada reconocimiento de personería jurídica, un mil quinientos pesos ($ 1.500).
16 Los memoriales a las entidades de Derecho Público para solicitar condonaciones, exenciones, o reducción de derechos, ciento cincuenta pesos ($ 150.000).
Las solicitudes de señalamiento de precios comerciales y de tarifas únicas que se dirijan al Consejo Nacional de Política Aduanera, setenta y cinco centavos ($ 0.75) por cada cien pesos ($ 100.000) del valor que implique la solicitud.
Las solicitudes al Gobierno que requieran concepto previo del Consejo Nacional de Política Aduanera, tres mil pesos ($ 3.000).
(Valores año base 1985).
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