Comité Asesor. Las compensaciones industriales en el marco de la Política de Reindustrialización tendrán un Comité Asesor integrado por: 1. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su delegado, quien lo presidirá. 2. El Ministro de Defensa Nacional o su delegado. 3. Un representante de los Beneficiarios con voz, pero sin voto.Parágrafo 1°. De acuerdo con el objeto de cada proyecto de compensación industrial, los miembros del Comité Asesor podrán ampliar la integración del Comité con la participación de los ministros y/o delegados de los sectores a los que se encuentren asociados los proyectos, cuando se considere necesario para el análisis técnico o jurídico de los mismos. Los ministros o delegados que participen en esta condición tendrán voz y voto en las sesiones en las que se analice el proyecto correspondiente. Para sesionar, el Comité requerirá la presencia de al menos dos (2) de sus miembros con voz y voto, y las decisiones se adoptarán por mayoría simple de los asistentes con derecho a voto. En caso de empate, la decisión será adoptada exclusivamente por los miembros permanentes del Comité, conformados por el Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su delegado, y el Ministro de Defensa Nacional o su delegado.Parágrafo 2°. Podrán participar con voz, pero sin voto, un representante de la academia, las personas invitadas por el Comité, así como el Gerente de Proyectos y el Seleccionador, cuando sean requeridos.
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