Micelio

Artículo 10

Ley 19 de 1958 · Sobre reforma administrativa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se adicionará y reformará lo dispuesto por la Ley 165 de 1938 , sobre Carrera Administrativa, con el objeto de formar un estatuto completo que debe regular principalmente las siguientes materias:

a)

El campo de aplicación de la Carrera Administrativa, de conformidad con las reformas que se introduzcan en el código del régimen político y municipal;

b)

Las características fundamentales de la Carrera Administrativa, ósea lo relacionado con el ingreso a ella, la estabilidad, los ascensos, los traslados y los correspondientes procedimientos y recursos;

c)

El régimen disciplinario de los funcionarios de Carrera Administrativa;

d)

Las situaciones administrativas de los funcionarios de Carrera, para reglamentar el periodo de prueba, el de servicio activo, las licencias ordinarias y las de larga duración, la disponibilidad, el servicio militar obligatorio, las comisiones y el retiro;

e)

Los requisitos que deben cumplirse para supresión de cargos de la Carrera Administrativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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