Micelio

Artículo 31

Decreto 3100 de 2003 · por medio del cual se reglamentan las tasas retributivas por la utilización directa del agua como receptor de los vertimientos puntuales y se toman otras determinaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reporte de actividades. Las Autoridades Ambientales Competentes reportarán anualmente al Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial la información relacionada con el cobro de las tasas retributivas y el estado de los recursos, la cual deberá ser remitida en los términos y plazos establecidos en la Resolución 0081 de 2001 expedida por el Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial o la que la modifique o sustituya. Las Autoridades Ambientales Competentes deberán divulgar anualmente un resumen de esta información en un medio masivo de comunicación regional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3100 de 2003