Micelio

Artículo 21

Apoyo A Los Cuidadores

Ley 2628 de 2026 · Por medio del cual se establecen medidas, servicios y mecanismos de atención integral, para la protección e inclusión de las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), trastorno del neurodesarrollo y en condiciones similares, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se propenderá por la creación y fortalecimiento de organizaciones con cuidadores de personas con diagnóstico de Trastorno del Espectro Autista con trastorno del neurodesarrollo y en condiciones similares, que trabajen en beneficio de la autonomía y defensa de esta población, con el apoyo de los comités departamentales y distritales y municipales de Discapacidad, para promover acciones de apoyo, sensibilización, información de rutas de atención psicosocial y jurídica y capacitación a los cuidadores y población civil interesada.

Así mismo, realizar campañas con el fin de dar a conocer a la sociedad en general de qué se tratan los Trastorno del Espectro Autista, con trastorno del neurodesarrollo y en condiciones similares mediante la implementación de acciones que promuevan la tolerancia y el respeto por la diferencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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