Micelio

Artículo 43

Decreto 2394 de 2003 · Por el cual se modifica la estructura de Ecopetrol S. A. y se determinan las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Gerencias Regionales de Producción - Norte, Central, Magdalena Medio, Sur . Son funciones de estas dependencias

1.

Desarrollar y producir los campos de crudo y gas de Ecopetrol S. A., provenientes de las reservas probadas (desarrolladas y no desarrolladas) y no probadas.

2.

Responder por la definición de la estrategia de explotación de los campos bajo los lineamientos de la Vicepresidencia de Producción.

3.

Responder por la extracción técnica y económica de la producción de hidrocarburos y de entregar a la cadena de suministros el crudo y el gas en las condiciones de cantidad, calidad y oportunidad requeridas.

4.

Coordinar con la Gerencia correspondiente en la Vicepresidencia de Exploración, el soporte requerido en pruebas de formación, pruebas extensas, comercialidad de nuevos campos y extensión de comercialidad de campos existentes.

5.

Responder por el balance de las reservas de la Gerencia con el soporte de la Gerencia Técnica de Producción.

6.

Responder por el mantenimiento y mejoras de la Infraestructura Petrolera, incorporando la tecnología requerida, en condiciones rentables.

7.

Responder por el suministro de la información volumétrica requerida.

8.

Responder por la decisión de desinvertir en los activos improductivos.

9.

Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia.

10.

Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas.

11.

Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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