Micelio

Artículo 54

Ley 23 de 1912 · Sobre división territorial judicial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los nombramientos de los Jueces Superiores y de Circuito, tanto principales como suplentes, corresponden a los Tribunales Superiores en Sala de acuerdo. También corresponde a los Tribunales declarar la vacante en los casos de los artículos 5,° y 6.° del Libro l.° del Código Judicial.

Parágrafo

Los Suplentes de los Jueces no necesitan acreditar los requisitos de que trata el artículo 2.° de la Ley 39 de 1898 , para posesionarse y entrar en el ejercicio de sus funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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