Micelio

Artículo 5

El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial

Decreto 2141 de 1984 · Por el cual se fijan los aportes que señala la Ley 32 de 1961, a las empresas nacionales de servicios aéreos comerciales a favor de la Caja de Auxilios y Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles, "CAXDAC", en el Período comprendido entre el 1° de enero de 1983 y el 31 de diciembre de 19

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2141 de 1984