Las operaciones de crédito interno sin garantía de la Nación que proyecten celebrar los Departamentos, el Distrito Especial de Bogotá, las intendencias y comisarías, los municipios y sus entidades descentralizadas, se sujetarán a las normas de la presente Ley.
Ley 7 de 1981 →Vigente
Artículo 1
Ley 7 de 1981 · por el cual se establece el régimen de contratación de empréstitos internos para las entidades territoriales y sus organismos descentralizados y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.