Funciones de la Dirección General de Financiamiento y Gestión de Recursos. La Dirección General de Financiamiento y Gestión de Recursos cumplirá las siguientes funciones
Adelantar la planeación y gestión de los recursos financieros del Sistema General de Seguridad Social en Salud y establecer los mecanismos para su asignación y utilización.
Orientar, desarrollar e implementar las políticas de financiamiento del sector y adelantar el seguimiento, vigilancia y control de las metas financieras y de gestión.
Coordinar la realización de estudios sobre la viabilidad y estabilidad financiera del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Promover la regulación y reglamentación del recaudo, flujo y utilización de los recursos del Sistema en coordinación con las Direcciones Generales del Ministerio y demás instancias correspondientes.
Asesorar a las entidades del sector en la planeación, programación y asignación de los recursos financieros.
Desarrollar e implementar mecanismos de evaluación, seguimiento y control sobre la ejecución de los recursos del sector y diseñar e implementar los sistemas de gestión integral y control presupuestal.
Desarrollar e implementar mecanismos de evaluación, seguimiento y control de la ejecución de los recursos fiscales, parafiscales y otras fuentes de financiamiento.
Realizar la planeación y programación presupuestal del Fondo de Solidaridad y Garantía-Fosyga.
Adelantar la administración y control del Fondo de Solidaridad y Garantía, estableciendo los mecanismos de registro y control presupuestal y contable, proyección de ingresos y gastos y de seguimiento y control financiero mediante un sistema de indicadores de gestión.
Diseñar, estructurar, implementar y evaluar el sistema de administración fiduciaria en los términos de ley para el adecuado funcionamiento del Fosyga.
Coordinar, apoyar y establecer con las Direcciones Generales del Ministerio la asignación y distribución de los recursos financieros del sector en el marco de la viabilidad y sostenibilidad financiera.
Promover la realización de estudios para el cálculo del pasivo prestacional y establecer los beneficiarios de dicho fondo, los requerimientos financieros y su financiamiento en el marco de lo establecido en el Decreto 530 de 1994.
Las demás que se le asignen de conformidad con la naturaleza de la dependencia.