Micelio

Artículo 2

Decreto 1883 de 1954 · Por el cual se cede a la Corporación de Defensa de Productos Agricolas las acciones del Gobierno Nacional en la Insdustria Colombiana de Pesca Maritima S.A.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Autorízase al señor Tesorero General de la República para firmar los títulos de las acciones de que trata el artículo anterior, a fin de que se verifiqué el traspaso a favor de la Corporación de Defensa de Productos Agrícolas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1883 de 1954