Micelio

Artículo 2

Para Los Efectos Del Artículo Anterior, Cada Tres Meses Los Contratistas Programadores Enviarán Una Relación Detallada De Los Ingresos Percibidos En El Período Correspondiente, Certificada Por Contador Público Y Pagarán La Suma A Que Se Refiere El Artículo Anterior Dentro De Los Quince (15) Días Siguientes Al Trimestre De Su Causación

Decreto 3211 de 1985 · Por el cual se modifica el artículo 11 del Decreto 666 de 1985

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para los efectos del artículo anterior, cada tres meses los Contratistas Programadores enviarán una relación detallada de los ingresos percibidos en el período correspondiente, certificada por Contador Público y pagarán la suma a que se refiere el artículo anterior dentro de los quince (15) días siguientes al trimestre de su causación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3211 de 1985