Micelio

Artículo 6

º El Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social, Desarrolla Programas Especiales De Gestión De Empleo Para Personas Con Limitaciones, Rehabilitadas Integral Y Profesionalmente Y En Condiciones De Competitividad Laboral, Mediante El Impulso De Actividades Y El Diseño De Mecanismos Tendientes A Estimular La Creación De Diversas Formas De Trabajo Dependiente, La Organización De Formas Asociativas, Microempresas, Grupos Cooperativos Y Precooperativos En Procura Del Trabajo Independiente

Decreto 2177 de 1989 · Por el cual se desarrolla la Ley 82 de 1988, aprobatoria del Convenio número 159, suscrito con la Organización Internacional del Trabajo, sobre readaptación profesional y el empleo de personas inválidas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, desarrolla programas especiales de gestión de empleo para personas con limitaciones, rehabilitadas integral y profesionalmente y en condiciones de competitividad laboral, mediante el impulso de actividades y el diseño de mecanismos tendientes a estimular la creación de diversas formas de trabajo dependiente, la organización de formas asociativas, microempresas, grupos cooperativos y precooperativos en procura del trabajo independiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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