Micelio

Artículo 5

Decreto 1482 de 1950 · Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos de personal, alimentación y gastos varios de Escuelas Artesanales y Cursos para Obreros

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo quinto. Las partidas correspondientes a compra de maquinaria, herramientas, instalaciones de talleres y demás gastos de la Escuela Artesanal de Garagoa, serán manejadas por el Contador-Pagador del Ministerio de Educación Nacional. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1482 de 1950