Micelio

Artículo 26

Ley 23 de 1912 · Sobre división territorial judicial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Circuitos del Distrito Judicial de Medellín se forman de los municipios que se expresan:

El de Abejorral: de Santa Bárbara, Retiro y Abejorral, que será la cabecera.

El de Amalfi: de Anorí, Zea y Amalfi, que será la cabecera.

El de Andes: de Bolívar, Carmen, Jardín, Salgar y Andes, que será la cabecera.

El de Antioquia: de Buriticá, Giraldo y Antioquia, que será la cabecera.

El de Fredonia: de Amagá, Angelópolis, Venecia y Fredonia, que será la cabecera.

El de Frontino: de Cañasgordas, Dabeiba, Pavarandocito, Ríosucio y Frontino, que será la cabecera.

El de Jéricó: de Pueblorrico y Jericó, que será la cabecera.

Él de Marinilla: de Alejandría, Carmen, Cocorná, Granada, Guatapé, Peñol, Santuario, San Carlos, San Luis, San Rafael y Marinilla, que será la cabecera.

El de Medellín: de Caldas, Copacabana, Estrella, Envigado, Girardota, Itagüí, San Pedro y Medellín, que será la cabecera.

El de Ríonegro: de Guarne, Ceja, San Vicente, La Unión y Ríonegro, que será la cabecera.

El de Remedios: de Segovia, Zaragoza y Remedios, que será la cabecera.

El de Santa Rosa de Osos: de Carolina, Don Matías, Gómez, La Plata, Entrerríos y Santa Rosa, que será la cabecera.

El de Santo Domingo: de Barbosa, Concepción, San Roque y Santo Domingo, que será la cabecera.

El de Sonsón: del Distrito del mismo nombre.

El de Sopetrán: de Belmira, Ebéjico, Liborina, Sabanalarga, Sucre, San Jerónimo y Sopetrán, que será la cabecera.

El de Támesis: de Caramanta, Valparaíso y Támesis, que será la cabecera.

El de Titiribí: de Armenia, Concordia, Heliconia y Titiribí, que será la cabecera.

El de Turbo: de Murindó y Turbo, que será la cabecera.

El de Yarumal; de Angostura, Cáceres, Campamento, Ituango, San Andrés y Yarumal, que será la cabecera.

El de Yolombó: de Puerto Berrío y Yolombó, que será la cabecera.

El de Urrao: de Anzá, Betulia, Caicedo y Urrao, que será la cabecera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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