Micelio

Artículo 22

Transectorialidad

Decreto 480 de 2025 · por el cual se establece e implementa el Sistema Indígena de Salud Propia e Intercultural (SISPI) como la política de Estado en salud para los pueblos indígenas de Colombia y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transectorialidad . Se promoverá la articulación y coordinación intersectorial entre entidades del Estado, entidades territoriales, institucionalidad indígena propia, instituciones académicas y otros actores relevantes de la salud, con el fin de garantizar una atención integral y culturalmente pertinente en salud, que responda a las necesidades y realidades específicas de los pueblos indígenas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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