Micelio

Artículo 5

Ley 4 de 1971 · Por la cual se honra la memoria de un institutor y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Copia, en pergamino, del texto de esta Ley será puesta en manos de la familia del institutor mencionado, y entregado al Concejo de Armenia.

Parágrafo

Si las partidas necesarias al cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley no fueren incluídos dentro del presupuesto nacional, el Gobierno queda ampliamente autorizado para verificar los traslados y operaciones de crédito a tal fin.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 4 de 1971