Micelio

Artículo 2

Resolucion 160-1612 de 2004 · Por la cual el Superintendente de Sociedades asigna unas funciones para la actualización y control del Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal SICE EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que la Ley 598 de 18 de julio de 2000 creó el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal SICE, el Catalogo Único de Bienes y

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- De las funciones del Grupo Administrativo. Adicionar al artículo 2° de la Resolución 100-400 del 11 de marzo de 1999, correspondiente a las funciones que debe ejercer el Grupo Administrativo de la Superintendencia de Sociedades, los siguientes numerales:

1. Administrar el perfil de “Administrador del Plan de Compras” en el SICE;

2. Elaborar, registrar y actualizar los planes de compras en el SICE;

3. Informar al Grupo de Contratos y Apoyo Legal los códigos de los bienes y servicios CUBS, objeto de procesos de contratación, y

4. Atender todas aquellas otras funciones que le sean designadas posteriormente para el manejo del SICE, como “Administrador del Plan de Compras”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Resolucion 160-1612 de 2004