Micelio

Artículo 1

Trasládase En El Presupuesto De Gastos Del Año Económico De 1909 La Cantidad De $749,656-90, Tomada De Las Siguientes Imputaciones : Ministerio De Hacienda Y Tesoro Departamento Del Tesoro Capítulo 59, Gastos Varios

Decreto 387 de 1909 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos del año económico de 1909

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Trasládase En el Presupuesto de Gastos del año económico de 1909 la cantidad de $749,656-90, tomada de las siguientes imputaciones : MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO DEPARTAMENTO DEL TESORO Capítulo 59, Gastos varios. Artículo 308. Para formar un fondo que asegure al papel moneda su valor Legal. $710,656 90 710,656 90 DEPARTAMENTO DE LA DEUDA NACIONAL Capítulo 61 . Deuda Exterior-Deudas consolidada y flotante. Artículo 320. Para amortización de vales de extranjeros $ 30,000 Artículo 331. Para la amortización gradual de bonos de licores, en el orden de su emisión, en doce mensualidades $ 9,000 39,000 Suman las deducciones $ 749,656 90 Artículo 2.° Las partidas que se trasladan tendrán las imputaciones siguientes MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO DEPARTAMENTO DE HACIENDA Capítulo 41. Administraciones de Hacienda Nacional-Personal. Artículo 257. Sueldos de los empleados de estas Administraciones, así: Popayán. 43. Del Contador, á $ 714 anuales, en veintiséis días del mes de Julio de 1908 $ 49 90 49 90 49 90 Capítulo 35 . Aduanas-Personal. Artígalo 243. Para pagar el sueldo eventual que devenguen los empleados de las Administraciones y Resguardos de las Aduanas de la República... $ 50,000 50,000 Capítulo 37. Aduanas-Material Artículo 248. Gastos varios de las Aduanas $ 5,000 5,000 Capítulo 39. Salinas-Material, Artículo 253. Para pagar el sueldo eventual que devenguen los empleados de las Salinas marítimas y terrestres de la República que están por Administración, conforme á disposiciones Vigentes $ 6,000 6,000 Capítulo 45 . Gastos varios. Artículo 264. Para devolver derechos de importación ó de cualquiera otra naturaleza que se hayan cobrado de más $ 8,000 Artículo 268. Para pagar los gastos dé recaudación de las Rentas Reorganizadas $ 350,000 Pasan $ 358,000 61,049 90 Vienen $ 358,000 61,049 90 Artículo 273. Para el 15 por 100 de los sueldos de los Inspectores de Muzo y Coscuez, de 1.° de Septiembre á 31 de Diciembre de 1909 $ 110 358,110 DEPARTAMENTO DEL TESORO Capítulo59. Gastos varios. Artículo 307. Para atender á las insuficiencias que ocurran en cualquiera de los presupuestos de los Ministerios y para evitar así los créditos suplementales y extraordinarios $ 100 100 DEPARTAMENTO DE LA DEUDA NACIONAL Capítulo 61. Deuda exterior-Deudas consolidada y flotante. Artículo 312. Para atender al pago de los intereses de los bonos de tercera hipoteca del Ferrocarril de Girardot, que ascienden á £ 430,000, al 6 por 100 anual, conforme á las estipulaciones del contrato de 11 de Marzo de 1907 $ 136,340 Artículo 315. Para intereses de Renta Nominal, al 10 por 100 anual (Instrucción Pública) 4,000 Artículo 316. Para fundaciones regidas por la Iglesia, al 4 por 100 anual 5,000 Cambio de papel moneda. Artículo 330. Para gastos que demande el cambio de billetes y de monedas de Níquel 30,000 175,340 MINISTERIO DE GUERRA DEPARTAMENTO DE GUERRA Capítulo 66, Ejército de la República-Personal. Artículo 338. Para el gasto que ocasionen las Bandas de Música, Guardaparques, Inspectores, Médicos, inválidos, supernumerarios y empleados administrativos del Ejército, en el año. $ 104,000 104,000 Capítulo 67. Ejército de la República-Material. Artículo 339. Para gastos de vestuario, equipo, menaje, escritorio, lavado, alumbrado, servicio sanitario, empaques, transportes, pasaportes, arrendamientos, comisiones, mobiliario, pastajes, instalaciones de rancho y casinos de Oficiales y demás que ocasionen el Ejército, la Gendarmería y la Policía, en el año $ 38,000 38,000 Capítulo 74. Vigencias anteriores. Artículo 349. Para atender al pago de saldos pendientes de vigencias anteriores $ 13,057 13,057 Suman las deducciones $ 749,656 90

Parágrafo

Las Oficinas ordenadoras y pagadoras describirán en su libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto. Publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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