Los números dígitos correspondientes a las diferentes zonas del país son los siguientes: 0 cero Para el territorio Insular Colombiano y el servicio móvil marítimo. 1 uno Para los departamentos de Atlántico, Bolívar, Córdoba y Sucre. 2 dos Para los departamentos de la Guajira, Magdalena, Cesar y Norte de Santander. 3 tres Para los departamentos de Cundinamarca, Meta y la Comisaría del Vichada. 4 cuatro Para los departamentos de Antioquia y Chocó. 5 cinco Para los departamento del Valle del Cauca y Cauca. 6 seis Para los departamentos de Caldas, Tolima, Risaralda. Quindío y Huila. 7 siete Para los departamentos de Santander y Boyacá y las intendencias de Arauca y Casanare. 8 ocho Para los departamentos de Nariño y Caquetá y la intendencia del Putumayo. 9 nueve Para las comisarías del Amazonas, Vaupés, Guainía y Guaviare.
Decreto 1554 de 1985 →Vigente
Artículo 11
Decreto 1554 de 1985 · Por el cual se reglamenta los servicios de Aficionados y Aficionados por Satélite.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.