Micelio

Artículo 12

Decreto 1216 de 2016 · por medio del cual se modifica el Decreto 1081 de 2015 – Decreto Reglamentario Único del Sector de la Presidencia de la República, en lo que hace referencia al Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario y la Comisión Intersectorial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifíquese el artículo 2.1.7.5.2 del Decreto 1081 de 2015, el cual quedará así: “ Artículo 2.1.7.5.2 Mecanismo de Coordinación Nación-Territorio . El Sistema Nacional de Derechos Humanos contará con un Mecanismo de Coordinación Nación-Territorio, aprobado por la Comisión Intersectorial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario bajo la coordinación del Ministerio del Interior y la Secretaría Técnica del Sistema Nacional de DD. HH. Los subsistemas contribuirán en el diseño e implementación del Mecanismo de Coordinación Nación-Territorio, a partir de las competencias y responsabilidades de las entidades que los conforman y del desarrollo de acciones para el fortalecimiento de su capacidad y gestión institucional”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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