º Las sanciones a que se refiere el
del artículo anterior se impondrán mediante resolución motivada del Director Ejecutivo de la Superintendencia de Regulación Económica, previa práctica de las pruebas conducentes y diligencia de descargos.
Las Sanciones A Que Se Refiere El Parágrafo 2º Del Artículo Anterior Se Impondrán Mediante Resolución Motivada Del Director Ejecutivo De La Superintendencia De Regulación Económica, Previa Práctica De Las Pruebas Conducentes Y Diligencia De Descargos
Decreto 1479 de 1963 · Por el cual se dictan medidas sobre acaparamiento, especulación y precios
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º Las sanciones a que se refiere el
del artículo anterior se impondrán mediante resolución motivada del Director Ejecutivo de la Superintendencia de Regulación Económica, previa práctica de las pruebas conducentes y diligencia de descargos.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.